I.- Consideraciones previas
| 1.- Principios legales:
Se deben respetar en todo momento los siguientes principios establecidos por ley ● Interés superior del niño, niña y adolescente. ● Derecho a ser oídos y a la información. ● Participación voluntaria y autonomía progresiva. ● Prevención de la victimización secundaria. ● Asistencia oportuna y tramitación preferente. ● Resguardo de la dignidad del niño, niña y adolescente 2.- Criterios generales: -El colegio debe mantener resguardo de la identidad de los involucrados en TODO momento. -Se debe mantener diálogo constante con las familias, involucrados y si es necesario con representantes de cursos. -El colegio tiene la obligación de denunciar cuando existan antecedentes que hagan presumir la existencia de un delito o se tenga conocimiento de hechos constitutivos de delitos. Todos los funcionarios son responsables de realizar la denuncia a los Tribunales de Familia, sin embargo, el conducto regular establecido, de ser necesaria la denuncia, será a través de la Directora, en un plazo de 24 horas. El mecanismo para la realización de la denuncia será a través de la página web del poder judicial, por correo electrónico a denunciasoriente@minpublico.cl o, en su defecto, de manera presencial en la fiscalía en Av. Américo Vespucio 680. -El colegio no investiga, pues no tiene competencias al respecto. Debe poner antecedentes que pueda recabar, a disposición de las instancias legalmente facultadas al respecto -El colegio tiene la obligación de tomar todas las medidas para el resguardo de los involucrados. -El colegio debe mantener en todo momento una perspectiva de resguardo de la convivencia escolar y un principio formativo. – En caso de ocurrir algún hecho de esta índole, el colegio debe brindar información oportuna a la comunidad, según corresponda, sobre protocolos de manera prioritaria, sin brindar información confidencial
3.- Plazos: Los plazos de acción en situaciones relativas a este protocolo son las mismas establecidas en el protocolo de violencia escolar: El plazo máximo de recopilación de antecedentes, realización de denuncias, entrevistas a afectados y agresores, familias y/o grupos curso y la generación de un informe de resolución no deberá exceder los 10 días hábiles desde que se activa el protocolo.
4.- Comunicaciones:
Las comunicaciones deben ser con la máxima premura, considerando las orientaciones entregadas a lo largo de este documento, pero con precisión y claridad para evitar confusiones. -Resguardo de identidad: La identidad de los involucrados debe mantenerse en resguardo en todo momento siguiente los siguientes lineamientos. + No referirse a los estudiantes por su nombre + No usar conceptos estigmatizadores o que inciten a culpar previamente como “agresor”, ni usar lenguaje policial y/o judicial. + No referirse a los estudiantes con siglas de sus nombres + Usar vocativos genéricos, como “estudiantes involucrados” + El equipo de convivencia escolar mantiene una carpeta especial, confidencial, donde se archivarán las entrevistas más complejas, con información delicada, para evitar que estudiantes y/u otros profesores puedan acceder a detalles de lo sucedido.
-Información a los apoderados de involucrados: Lo antes posible. Se debe actuar rápido, pero con prudencia y claridad. Se cita a los apoderados a asistir de manera urgente, inmediata y de manera individual, para evitar nuevos conflictos. La comunicación será por los mecanismos formales establecidos a nivel de colegio como el correo electrónico y en caso de ser necesario se podrá establecer, según la gravedad del caso, un contacto más directo vía telefónica que deberá ser realizado por algún integrante del equipo directivo.
-Información a la comunidad: Se deberá informar a todos los estamentos en tiempos prudentes y acorde a nivel de vinculación con el suceso, es decir, luego de informar a la familia, se deberá informar al subcentro de padres del curso y a los apoderados del curso de los directamente involucrados, mediante correo electrónico, dentro de la jornada escolar. Luego, se informará a trabajadores, vía reunión extraordinaria de trabajo, dentro de la jornada laboral. En última instancia, de ser necesario, se redactará un comunicado para toda la comunidad que deberá ser enviado a más tardar dentro de las 48 horas siguientes. Una vez informados los estamentos, dependiendo de la gravedad o necesidad de la situación, se convocará a un consejo escolar donde se informe los detalles (sin vulnerar privacidad de los involucrados) de lo sucedido y acciones a seguir
5.- Medidas de contención y protección: Los involucrados serán separados inmediatamente, para evitar mayores conflictos hasta la llegada de sus apoderados (estudiantes). Se realizará la separación, del espacio escolar, del estudiante responsable a través de una suspensión de entre 1 a 5 días, prorrogable en el caso de ser necesario. Se realizará apoyo pedagógico por los días en que no asista, el cual será coordinado por el jefe de UTP y profesores de asignatura. En el caso del estudiante afectado, se realizará apoyo directo del profesor o profesora guía, encargado de convivencia escolar, inspector general y psicóloga del colegio, para determinar las necesidades propias del estudiante y definir un plan de apoyo por el periodo que determine la psicóloga interna y/o externa. -En caso de ser un adulto el responsable el colegio lo apartará de sus funciones parcial o totalmente, como resguardo de el o los afectados, en la medida en que la gravedad del caso lo amerite. Esto no puede implicar mermar el proceso de aprendizaje de los estudiantes por lo que el colegio deberá tomar las medidas necesarias para subsanar la separación del trabajador. -Las comunicaciones virtuales (correo, redes sociales institucionales, etc) entre el adulto y el curso de los involucrados quedarán suspendidas. -La reincorporación del trabajador a sus funciones quedará supeditada al cierre del proceso, previo acuerdo con familia de afectado y subcentro de padres del curso. Para esto se evalúan procesos de arbitraje e incorporación paulatina a la realidad escolar, junto con un monitoreo del proceso de parte de convivencia escolar. |
II.- Procedimiento:
| Dimensión | Paso | Descripción |
| Detección | 1 | Informa a dirección, en caso de una develación o sospecha (si existen lesiones se debe trasladar de forma inmediata al centro asistencial más cercano siguiendo orientaciones del punto V de este documento). |
| 2 | La dirección del colegio asumirá el caso en coordinación con el equipo de convivencia escolar. | |
| 3 | La comunicación inmediata con la familia, apoderado y/o adulto responsable sin importar hora, situación o contexto. Informar siempre a la familia. Solicitar la presencia inmediata del apoderado/a en el colegio (considerando lineamientos señalados en las “consideraciones previas” | |
| 4 | Quien recibe la develación debe guiarse por las orientaciones del punto III de este protocolo. | |
| Contención y resguardo | 5 | Buscar un espacio seguro para el afectado/a y con la persona que se sienta en confianza o vínculo significativo. Y otro espacio para la persona responsable, velando tanto por su seguridad y bienestar emocional |
| 6 | Realizar todas las acciones de contención emocional pertinentes (con apoyo de la psicóloga) y otras que sean necesarias. Evitar cualquier tipo de victimización secundaria. | |
| 7 | Al momento de recoger la versión del/la afectado/a Informarle que la conversación será privada y personal pero que, si es necesario para su bienestar, podría informarse a otras personas que lo ayudarán. Plantear que es indispensable y obligatorio para el colegio tomar medidas para que el abuso se detenga o no se reitere. | |
| 8 | No se debe dialogar de manera insistente ni por varias personas con el afectado. (Se debe evitar victimización secundaria en todo momento) | |
| 9 | Es recomendable actuar con prudencia más que premura (seguir indicaciones del MINEDUC al respecto) y ser cautelosos para evitar condenas o juicios previos. | |
| Primeras acciones | 10 | Tomar medidas conductuales inmediatas para separar a los involucrados en resguardo de ambos. Estas acciones deben ser comunicadas a la comunidad como medidas de resguardo y no de castigo, respetando el principio de cuidado de la convivencia y formativo de las acciones institucionales. |
| 11 | Derivar a las instituciones y organismos especializados, denunciar el delito y presentar los antecedentes a la Superintendencia de Educación | |
| 12 | Comunicar y explicar las medidas y acciones que se están implementando y/o se implementarán en la comunidad educativa a razón del hecho, considerando las orientaciones señaladas en las “consideraciones previas” | |
| 12.1 | Informar dentro de la jornada en la que se recibe la develación a los trabajadores explicando la situación en términos generales, sin individualizar a las o los involucrados ni entregar detalles, a fin de evitar distorsiones en la información o situaciones de secretismo que generan desconfianzas entre las familias respecto a la labor protectora del establecimiento. | |
| 12.2 | Informar la situación dentro del día de la develación a representantes del centro y del subcentro de padres y apoderados del colegio y del curso respectivamente, en términos generales, sin entrar en detalles y explicando las acciones a realizar por el colegio enviando este protocolo.
Se debe dejar en claro que las energías y tiempos estarán organizados desde lo particular a lo general, es decir, abordando la situación con las familias involucradas, luego a nivel de curso y luego a nivel de colegio. |
|
| 13 | Presentar a la familia acciones a realizar de corto plazo, coordinando próximas reuniones, entrega de información y acciones. | |
| Abordaje e indagación | 14 | El colegio no tiene la competencia para investigar, sobre todo, por la probable victimización secundaria. Se debe recurrir a los organismos legalmente responsables y competentes para proporcionar los antecedentes recabados. |
| 15 | Si es necesaria una atención de salud se deben seguir las indicaciones del punto V de este protocolo. | |
| Seguimiento y medidas reparatorias | 16 | Encargado/a de este Protocolo de Actuación debe mantenerse informado de los avances de la situación, conocer el estado de la investigación, si esta se hubiera iniciado, de las eventuales medidas de protección que se aplicaron y del tratamiento reparatorio si existiera |
| 17 | Coordinar las acciones conductuales, formativas y de convivencia, garantizando que ese niño o niña no vuelva a ser victimizado/a | |
| 18 | Asegurar un cierre del proceso en el cual se cumplan las acciones comprometidas y se realicen las acciones reparatorias de forma tal de que se pueda reinstalar una sana convivencia.
Las medidas reparatorias no pueden, en ningún caso, implicar la exposición de ningún integrante de la comunidad y deberán, sobre todo tener un principio, no solo reparatorio, sino que también formativo. |
|
| 19 | El cierre del proceso es posible cuando todos los involucrados formalmente dan por concluida la situación. Esto no implica posibles acciones posteriores como monitoreo con especialistas, terapias o acciones institucionales de ser necesario. |
III.- Orientaciones para quien recibe la develación
- Agradezca al NNA la confianza, exprese que como adulto tiene el deber de protegerlo y cuidarlo y que mantendrá confidencialidad del relato.
- Proporcione las condiciones para que se sienta cómodo/a y tranquilo/a.
- Tenga siempre presente que la participación del estudiante es voluntaria, entregue contención si así lo requiere.
- Escuche el relato, sin realizar preguntas, análisis o juicios, consigne por escrito las manifestaciones verbales y conductuales de este/a.
- No transmita expectativas respecto a la situación, el proceso, o las consecuencias.
- Prevenga la victimización secundaria, todo estudiante tiene derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, y su privacidad.
IV.- Orientaciones para informar a la familia:
- El establecimiento debe contactarse con el apoderado una vez que se haya recibido la develación, es su derecho ser informado, escuchado y participar en los ámbitos que corresponda.
- El acompañamiento a la familia es fundamental para contener emocionalmente al niño, niña o adolescente, por tanto, los adultos son parte del proceso reparatorio.
- En el caso de que el adulto responsable o apoderado sea identificado como el presunto agresor, es necesario identificar a otro adulto que asuma la protección del NNA, e informar la situación a las instituciones correspondientes, para que decreten medidas de protección.
- Tener especial cuidado cuando el abuso proviene de algún familiar ya que puede existir resistencia a colaborar, o puede generarse una crisis familiar que obstaculice el proceso.
- Existen temas e instancias que se deben conversar entre adultos, y otras que los NNA pueden presenciar, evitando así su victimización secundaria
V.- Orientaciones para atención de salud:
- Si se requiere la atención de salud urgente del NNA, el establecimiento deberá disponer de su traslado inmediato y oportuno a un centro de salud, acorde a lo previsto en el protocolo de accidentes, acompañado por un familiar, o persona adulta.
- El jefe de turno del Centro de Salud dispondrá la atención inmediata y preferente del NNA.
- La denuncia podrá realizarse en el mismo Centro de Salud, guardando todas las medidas de resguardo y confidencialidad.
VI.- Orientaciones con respecto a medidas formativas:
Es fundamental no perder de vista el rol formativo, por lo que las medidas adoptadas se deben complementar con acciones de contención, de apoyo psicosocial y pedagógicas. Es importante ser muy criteriosos para definir medidas formativas que no vulneren a ningún estudiante. Se consideran entre estas medidas, las siguientes:
- Realización de un Consejo de Profesores/as de su curso, para acordar las estrategias formativas y didácticas a seguir. No es necesario que los y las docentes conozcan la identidad de los/as involucrados/as, así como tampoco los detalles de la situación. Es muy importante cuidar este aspecto, evitando que se genere morbosidad en torno a lo sucedido. El énfasis debe estar puesto en evitar los rumores y las acciones discriminadoras, tanto por parte de los y las docentes como de las y los apoderados (ej.: evitar que le pregunten al niño o niña “¿cómo estás?”, “¿cómo te sientes?”, “¿qué te pasó?”, o le hagan sentir como “víctima” o que está incapacitado/a, sin hacer distinciones con expresiones como “si no quieres, no hagas la prueba”, etc.).
- El o la profesora jefe tiene un rol clave en este aspecto, implementando estrategias de información y/o comunicación y de contención con el resto de los compañeros y compañeras, con las y los apoderados del curso y con sus docentes. Y en relación al niño o niña afectada, contribuir, en la medida de lo posible, a que conserve su rutina cotidiana, evitando su estigmatización y promoviendo a la contención desde su comunidad más inmediata, su curso.
- Acciones realizadas en la asignatura de convivencia escolar que busquen abordar el conflicto desde la lógica colectiva.
- Acciones de acompañamiento a realizar por el equipo de convivencia escolar (sicóloga, inspector, encargado de convivencia o trabajador social)
- Acciones de apoyo y/o monitoreo realizadas por el PEI (fonoaudióloga, terapeuta ocupacional, psicóloga o educadora) a través de los PAI o PACI en caso de ser necesario
- Acciones de apoyo desde el CRA para el diseño de actividades pedagógicas en conjunto.
- Actividades pedagógicas definidas en reuniones de departamento o consejo de profesores
- Actividades extra programáticas organizadas en conjunto con convivencia escolar, como salidas a terreno, talleres, entre otros
VII.- Redes de apoyo:
-Oficina Local de la niñez (Alonso de Ercilla 7971, La Florida)
-Programa de Protección Especializado de Reinserción Educativa (PDE, Bartolomé Vivar 1250, La Florida)
-Programas de Intervención Especializada (PIE, Rojas Magallanes 866, La Florida)
-Programa Habilidades para la Vida La Florida (HPV, Serafín Zamora 6600, La Florida)
-Programas de Protección Especializada para el tratamiento de Consumo Problemático de Alcohol y/o Droga (PDC, Luis Cruz Martínez 162, La Florida)
-Además el colegio cuenta con una red de centros de atención que se van modificando con el tiempo y que deben ser informados por el equipo de convivencia escolar.



