Protocolo de actuación frente a situaciones referidas a identidad de género y/u orientación sexual

I.- Consideraciones previas:

Como colegio promovemos una educación y sociedad totalmente inclusiva y comprendemos que son las instituciones y estructuras las que deben generar las condiciones de inclusión. Comprendemos la inclusión como la clave para  lograr espacios afectivos que se aseguren de que todos sus miembros puedan desarrollarse plenamente.

La exclusión por tanto es el fruto lógico de dinámicas autoritarias que en lugar de construir espacios de libertad plena, construyen relaciones que implican el sometimiento, bajo nivel de crítica y limitación de las identidades e individualidades.

Es importante considerar los siguientes conceptos claves tomados de la circular 812 del MINEDUC:

a) GÉNERO: Se refiere a los roles, comportamientos, actividades y atributos construidos social y culturalmente en torno a cada sexo biológico, que una comunidad en particular reconoce en base a las diferencias biológicas [1].

b) IDENTIDAD DE GÉNERO: Convicción personal e interna de ser hombre o mujer (u otra identidad), tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre verificados en el acta de inscripción de nacimiento.

c) EXPRESIÓN DE GÉNERO: Manifestación externa del género de la persona, la cual puede incluir modos de hablar o vestir, modificaciones corporales, o formas de comportamiento e interacción social, entre otros aspectos.

d) TRANS: Término general referido a personas cuya identidad y/o expresión de género no se corresponde con las normas y expectativas sociales tradicionalmente asociadas con su sexo verificado en el acta de inscripción del nacimiento

II.- Aspecto legal: Las acciones institucionales se enmarcan en las siguientes consideraciones legales.

Marco legal: Circular n° 812: “Garantiza el derecho a la identidad de género de niñas, niños y estudiantes en el ámbito educacional”.

El sistema educativo chileno tiene como fundamento el desarrollo y bienestar integral de todos los niños, niñas y jóvenes en el ámbito educacional, sin distinción, a partir del resguardo de su dignidad y el respeto, protección y promoción de sus derechos y libertades fundamentales.”

Aspectos legales relevantes (acorde a la circular n°812):

-Estudiantes mayores de 14 años pueden solicitar al recinto educacional una entrevista para requerir el reconocimiento de su identidad de género, medidas de apoyo y otras adecuaciones pertinentes.

-Todo adulto responsable de impartir clases en el curso al que pertenece la/el estudiante utilice el nombre social del estudiante.

-Medidas de apoyo que debe realizar el establecimiento:

●        Apoyo integral a la niña, niño o estudiante trans y a sus familias.

●        Orientación a la comunidad educativa.

●        Uso del nombre social del niño, niña o estudiante en todos los espacios educativos.

●        Uso del nombre legal en documentos oficiales.

●        Entregar las facilidades para que utilice los servicios higiénicos conforme a sus necesidades, respetando su identidad de género y el interés del niño, niña o estudiante.

Toda medida deberá ser adoptada con el consentimiento previo de la niña, niño o estudiante, por su padre, madre, tutor legal o apoderado, velando siempre por el resguardo de su integridad física, psicológica y moral. Si no existe acuerdo, se privilegia el derecho superior del niño/a

 

III.- Principios Generales:

Dentro del colegio se debe contemplar, respetar, aplicar y promover los siguientes principios:

1)      Respetar la identidad de género de los/las estudiantes y miembros de la comunidad educativa, los pronombres con los que se identifiquen y su nombre social sin importar la edad.

2)      Apoyar a estudiantes trans y miembros de la comunidad educativa según normativa legal y lineamientos institucionales. (Derechos de niños y niñas y adolescentes trans en el contexto educativo).

3)      Resguardar el uso de los espacios comunes acorde a su identidad de género

4)      Principio de la no discriminación arbitraria: velar por la igualdad de oportunidades e inclusión educativa de los estudiantes, promoviendo que se reduzcan las desigualdades educativas derivadas de circunstancias económicas, sociales, éticas, de genero, territoriales, entre otras.

5)      Promover la convivencia libre de violencia o discriminación por la identidad de género o la orientación sexual (ni de otro tipo) resguardando la integridad física y psicológica de todos los miembros de la comunidad educativa.

6)      Garantizar el goce y pleno ejercicio de la identidad de género de los y las integrantes de la comunidad educativa

7)      Garantizar que todos los y las trabajadores y las y los compañeros de curso utilicen el nombre social del estudiante o trabajador.

8)      Impulsar espacios de visibilización y sensibilización sobre la diversidad sexual e identidad de género en la comunidad educativa.

 

IV.- Procedimiento ante conflictos:

En caso de tener algún conflicto asociado a identidad de género y/u orientación sexual.

Dimensión Paso Descripción
Detección 1 Observación de la interacciones sociales del involucrado en el contexto escolar.
2 Entrevista con el estudiante resguardando su privacidad.
3 Informar al profesor guía sobre el conflicto. Es el/la docente guía quien deberá abordar la problemática detectada.
4 Notificar la situación a convivencia escolar.
Contención y resguardo 5 Contener física y emocionalmente al estudiante, considerando sus lazos de confianza con profesionales del colegio, sus experiencias y valores personales.
6 Resguardar la integridad física y psicológica del estudiante.
7 Seguir pasos del protocolo de desregulación emocional y conductual en caso de ser necesario.
Primeras acciones 8 Se debe informar a la familia, como todo conflicto, pero siempre considerando los intereses del estudiantes, su resguardo y buscando mecanismos formativos y cuidadosos para hacerlo.
9 Informar a otros trabajadores en caso de ser pertinente.
10 Recurrir a especialistas internos y/o externos (redes) en caso de ser necesario.
11 Separar a los estudiantes involucrados en el conflicto si los hay, siguiendo los lineamientos y plazos establecidos por reglamento.
Abordaje e indagación 12 Entrevistas con los estudiantes involucrados.
13 Entrevistar a apoderados de involucrados.
14 Transparentar marco legal de identidad de género a involucrados (circular N°812).
15 Tomar acciones formativas acorde a la situación.
16 Mantener contacto constante con profesionales externos involucrados.
17 Evaluar acciones formativas con el curso considerando el impacto del conflicto a nivel grupal.
18 Aplicar medidas conductuales si corresponde según reglamento y principio formativo.
 

Seguimiento y medidas reparatorias

19 Seguimiento por parte de docente guía de compromisos firmados.
20 Acciones formativas con el curso, en caso de ser necesario (asignatura de convivencia escolar y/u otras pertinentes).
21 Entrevistas periódicas con los estudiantes involucrados.
22 Intervención con apoderados en caso de ser necesario (diálogos en reunión, talleres para padres, etc).
23 revisión de condicionalidad de estudiantes involucrados.

 

V.- Sobre el nombre social:

El colegio Andares de la Florida se ciñe íntegramente a la legislación vigente sobre el uso del nombre social, considerando:

La madre, padre, tutor o tutora legal y/o apoderado de las niñas, niños y estudiantes trans (o aquel que lo plantee como necesario), así como un estudiante mayor de 14 años de forma autónoma podrán solicitar una entrevista con la dirección del establecimiento a través de medios formales señalados en el Reglamento Interno.

El establecimiento debe conceder entrevista en un plazo no superior a 5 días hábiles a contar desde la fecha de la solicitud.

En la entrevista se podrá solicitar que:

  • Se reconozca su identidad de género.
  • El uso del nombre social en todos los espacios educativos.
  • Incluir el nombre social como registro válido en el libro de clases y otros documentos como diplomas, informes del estudiante, entre otros.
  • Medidas de apoyo pedagógicas y psicosociales para la niña, niño, o estudiante y a su familia.
  • Orientación a la comunidad educativa con espacios de reflexión y capacitación sobre el resguardo de derechos.
  • Presentación personal adecuada a su identidad de género.
  • Facilidades para el uso de baños y duchas, respetando el proceso del estudiante.

La entrevista se debe registrar en un acta simple, incluyendo:

  • Acuerdos alcanzados.
  • Medidas a adoptar.
  • Plazos para su implementación.
  • Seguimiento: Se debe entregar una copia del acta al solicitante de la reunión.

VI.-Redes de apoyo:

-Oficina Local de la niñez (Alonso de Ercilla 7971, La Florida).

-Programa de Protección Especializado de Reinserción Educativa (PDE, Bartolomé Vivar 1250, La Florida).

-Programas de Intervención Especializada (PIE, Rojas Magallanes 866, La Florida).

-Programa Habilidades para la Vida La Florida (HPV, Serafín Zamora 6600, La Florida).

-Programas de Protección Especializada para el tratamiento de Consumo Problemático de Alcohol y/o Droga (PDC, Luis Cruz Martínez 162, La Florida).

-Además el colegio cuenta con una red de centros de atención que se van modificando con el tiempo y que deben ser informados por el equipo de convivencia escolar.

 

[1]  Orientaciones para la inclusión de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex en el sistema educativo chileno. Documento preparado por el Ministerio de Educación, disponible en: hrtp //convivenciaescolar mineduc.cl/wp- content/upIoads/2018/10/Orientaciones-diversidad-sexual-y-de-g°üC3°üA9nero-LGTBl -Mineduc-2017 odf

Ver también lo dispuesto en el artículo 28 de la Convención de Derechos del Niño, que ordena que toda aplicación de la disciplina escolar debe ser compatible con la dignidad humana del niño, niña o adolescente”.