ACTUALIZACIÓN: ESTE PROCESO SE ENCUENTRA CERRADO
En conformidad al cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 24 del DFL N°2, establecida en el año 1998, en conjunto al artículo 2 N°6, de la ley 19.532, es que, el Colegio Andares de La Florida informa respecto al sistema de becas con el cual, trabajara el presente año.
Este proceso de becas 2026, tiene por objetivo, obtener la uniformidad de oportunidades para todos/as aquellos/as estudiantes que desean estar en el establecimiento, impidiendo de esta manera, que una realidad socio-económica adversa, sea un impedimento para el desarrollo académico al interior de la presente comunidad estudiantil, dicha información, debe acreditarse por medio de documentación anexada.
Como criterios de selección, no sólo se tendrá en consideración los decretos ya mencionados y el análisis de la realidad socio-económica, sino, que también el compromiso del/la alumno/a en términos de adherencia y participación en los procesos pedagógicos/convivencia escolar y su grupo familiar en cuanto a implicarse en instancias de retroalimentación y comunitarias promulgadas por la institución, información que será proporcionada por cada profesor/a guía directamente a la comisión de becas, esto, sumado al cumplimiento del pago de las mensualidades durante todo el proceso de postulación, sin excepciones.
ARTÍCULO PRIMERO
El Colegio Andares de la Florida, según el artículo 24 del D.F.L N°2 del Ministerio de Educación y el articulo 2 N° 6 de la ley N°19.532, establece el siguiente Reglamento de Asignación de Becas, el cual, está destinado a favorecer a los estudiantes que, cumpliendo con los requisitos que se establecen, puedan eximirse total o parcialmente en la cancelación de la escolaridad fijada para el año siguiente.
ARTÍCULO SEGUNDO
Todos/as los/las estudiantes que estén cursando el año 2025, tienen derecho a postular a la asignación de becas, dentro del periodo señalado en los próximos artículos del presente reglamento. La beca cubrirá el concepto de colegiatura según porcentaje asignado para el año escolar 2026, siempre y cuando, el grupo familiar cuente con los pagos al día durante todo el proceso de postulación y la documentación adjuntada, así lo permita. Tener en consideración que dichos beneficios no son renovados de manera automática, por lo que la postulación debe hacerse año tras año.
ARTÍCULO TERCERO
La asignación de porcentaje de becas a distribuir, será del 25%, 50%, 75% o 100% determinado por el trabajador social en conjunto a la comisión de becas, acorde a los parámetros socio-económicos preestablecidos y a un perfil de alumno/a y grupo familiar que haga correlación con el compromiso que el proyecto educativo institucional quiere impulsar, sin embargo, para poder postular y acceder a dichos beneficios, deben asegurar tener pagada la colegiatura durante todo el proceso de postulación (sin excepción).
ARTÍCULO CUARTO
La asignación de becas socioeconómicas, se hará tomando en consideración seis parámetros, teniendo cada uno su ponderación respectiva. Cada parámetro, deberá ser declarado y acreditado con la documentación correspondiente:
- Registro Social de Hogares (20%): A todos los pertenecientes al 60% más vulnerable del RSH (se excluye a estudiantes prioritarios 2026)
- Situación Ocupacional Compleja (10%): Cesante, jubilado/a (en caso de estar dentro del 60% en el RSH), trabajo no formal (en caso de estar dentro del 60% del RSH).
- Situación y gasto habitacional (10%): Arrendatario, pago de dividendo o allegado.
- Situación catastrófica (10%): Integrante de la familia que durante el presente año esté enfrentando una situación catastrófica como:
- Fallecimiento de el/ la adulta(o) responsable
- Pérdida o daño del hogar por siniestro
- Enfermedad catastrófica según determinación del MINSAL
- Compromiso familiar (50%): Participación del apoderado en citaciones, reuniones de apoderados y colaboración en el proceso pedagógico. Participación del estudiante en cuanto a asistencia regular, puntualidad, participación en clases y el compromiso con sus quehaceres.
ARTÍCULO QUINTO
Los padres, madres y/o apoderado/a de los/las estudiantes que postulen a la beca por situación socio-económica, deberán:
- De manera presencial, tendrán que retirar el Formulario de postulación a becas en la secretaria del colegio tras la firma de la planilla “retiro del formulario” ante lo cual, se le asignará un número de folio que hará intransferible dicho documento). Todos/as los/las apoderados/as, deberán tener obligatoriamente un correo electrónico y un numero de contacto, con el fin de una mejor comunicación posterior a la postulación.
- La entrega de dicho reglamento será de manera presencial en la secretaria del establecimiento, la cual, estará facultada/o para entregar la documentación adjunta y solicitar la firma de quien apela a dicho beneficio en el documento “retiro de formulario”.
- Podrán retirar formularios de postulación a becas los apoderados que estén al día en los pagos durante todo el proceso de postulación 2025 y en los compromisos adquiridos por saldos de años anteriores de acuerdo a la ley aprobada el año 2021.
No se enviarán formularios de postulación por correos electrónicos a los/las, madres, padres y/o apoderados/as, sin excepción alguna.
Las fechas de difusión para el inicio del proceso de becas 2025, se extenderá entre el 10 y el 16 de julio.
Las fechas, en las cuales, se entregará el “Formulario de Postulación 2026” serán entre el día jueves 17 de julio hasta el viernes 1 de agosto. Las fechas señaladas, tendrán los siguientes horarios: de lunes a jueves, será de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 hrs y los viernes de 08:00 a 12:00 hrs.
Una vez obtenido el documento, se debe, completar el “Formulario de Postulación a Beca” y recaudar la documentación solicitada en el documento, la cual, debe ser entregada de manera presencial, en un sobre sellado, el cual, dirá en su exterior el nombre de el/la estudiante y su número de folio asignado, pudiendo firmar de esta manera en la secretaria del establecimiento, la planilla correspondiente a la “entrega de documentación” (acción obligatoria)*.
No se aceptará, ni se considerarán en el proceso de postulación, la documentación enviada vía correo electrónico a directivos/as, profesores/ras guías, trabajador social entre otros y tampoco, las postulaciones fuera de plazo. Sin excepciones.
Las fechas en las cuales, se recepcionará la documentación, es decir, el formulario rellenado y la documentación solicitada al interior de un sobre sellado, será entre el lunes 4 de agosto hasta el lunes 18 de agosto de 2025, teniendo para esto, los siguientes horarios: de lunes a jueves de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 horas y los días viernes de 08:00 a 12:00 horas.
Tras esto, el proceso de becas continuara con las siguientes fechas asignadas:
- Desde el martes 19 de agosto hasta el viernes 26 de septiembre de 2025., se realizará el análisis de las postulaciones por parte de la trabajadora social y revisada por la comisión de becas, la cual, estará compuesta por 5 integrantes, tales como: Sostenedor, Director/a del establecimiento, trabajadora social u orientador/a (cuya designación corresponde al director/a del establecimiento), un representante del consejo de profesores y profesoras (designado por dicho estamento) y un cuarto integrante correspondiente al centro de padres, madres y apoderados/as.
- La trabajadora social, podría solicitar vía telefónica, información de respaldo, necesaria para evaluar la situación socioeconómica del grupo familiar. (Por esto, es obligación el correo electrónico y un número de teléfono vigente del/la apoderado/a).
- La Trabajadora Social podrá efectuar visitas domiciliarias desde el lunes 8 hasta el jueves 11 de septiembre de 2025., para lo cual, las familias postulantes deberán estar dispuestas al recibimiento del profesional, de lo contrario, quedara automáticamente fuera del proceso de selección.
ARTÍCULO SEXTO
Se deberá adjuntar los siguientes documentos que avalen la situación descrita en el Formulario de Postulación a Beca:
- PARA ACREDITAR INGRESOS:
Trabajadores dependientes:
- Las tres últimas liquidaciones de sueldo.
- Certificado AFP.
Pensionados:
- Certificado de pago de pensión, ya sea de vejez, discapacidad, asistencial, etc.
Trabajadores que entregan boletas a honorarios:
- Boletas emitidas durante los seis últimos meses
Trabajadores Independientes:
- Resumen de Ingresos y egresos desde el SII
- Declaración jurada simple de ingreso promedio mensuales
- CONDICIONANTE SOCIAL:
- Cartola del Registro Social de Hogares (obligatorio)
- Dictamen Judicial de pensión de alimentos o demanda en trámite; certificado de cese de convivencia y en caso de viudez, certificado de fallecimiento del cónyuge.
- Certificado que acredite la participación de uno o más miembros del grupo familiar en un programa de gobierno o entidad proteccional. (programa familias / Chile Seguridades y Oportunidades, ex Chile Atiende, entre otros)
- PARA ACREDITAR GASTOS ADICIONALES DE SALUD POR ENFERMEDAD DE ALGÚN INTEGRANTE DEL GRUPO FAMILIAR:
- Certificado extendido por médico tratante.
- Boletas de medicamentos.
- Gastos en hospitalizaciones/atenciones médicas.
- PARA ACREDITAR MIEMBROS DEL GRUPO FAMILIAR QUE ESTUDIEN:
- Certificado de alumno regular de miembros de la familia, que cursen estudios en la Educación superior (Centros de Formación Técnica y/o Universidades), así como también, si asiste algún establecimiento de enseñanza básica y/o enseñanza media.
- Acreditar porcentaje de Crédito para la Educación Superior y/o Becas del Estado (si corresponde).
- PARA ACREDITAR TENENCIA DE LA VIVIENDA:
Propietarios:
- Fotocopia de pagos de dividendos y/o Certificado de Dominio del Inmueble.
Arrendatarios:
- Contrato de arriendo y recibo de los últimos tres meses.
Usufructuarios y/o allegados:
- Declaración jurada donde conste que el dueño de la vivienda la cede sin costo o comparte la vivienda con la familia del estudiante
- PARA ACREDITAR CESANTÍA:
- Fotocopia de finiquito.
- Certificado de pago del seguro de cesantía (AFC)
- Certificado de cotizaciones.
- Comprobante o anexo de suspensión laboral
- PARA ACREDITAR GASTOS MENSUALES:
- Boleta del último mes correspondiente a luz y agua respectivamente
- Acreditar deudas importantes que se mantengan, si corresponde. Esto hace relación con tarjetas de crédito, casas comerciales, préstamos bancarios, financieras, órdenes de embargo y/o remate de propiedad y afines.
- PARA ACREDITAR COMPROMISO DEL/LA ALUMNO/A Y GRUPO FAMILIAR:
- Informe del/la docente a cargo. Este informe se entrega directamente por el docente guía a Trabajador Social.
ARTÍCULO SÉPTIMO
Los resultados de la postulación de los y las estudiantes, se entregarán el día lunes 29 de septiembre del año 2025 y serán publicados con el RUT de los/las estudiantes como una forma de resguardo a los/las postulantes al proceso de becas 2025.
Cada apoderado/a deberá firmar la “Resolución de la Beca 2026”, documento que certifica la obtención de dicho beneficio, el cual, será requisito indispensable para hacer uso de este. El documento debe ser firmado en la secretaria del colegio entre el lunes 29 de septiembre y el jueves 23 de octubre del año 2025 en los siguientes horarios: de lunes a jueves de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 hrs y viernes de 08:00 a 12:00 hrs.
*La no presentación del padre, madre y/o apoderado(a) a esta parte del proceso, se entenderá que ha desistido del beneficio, así como también, se dejara sin efecto, en caso de contar con deudas al momento de la asignación de becas. *
ARTÍCULO OCTAVO
Apelación. Este es un proceso el cual, se realizará una única vez durante el proceso y que todos/as las/los padres, madres y/o apoderados/as que hayan postulado al beneficio y que presenten un cambio en su situación socio-económica en el periodo compuesto entre la entrega de su documentación al aspirar al proceso y el momento de la asignación de becas, tengan derecho a respaldar la variación en los antecedentes presentados al momento de la postulación.
Los/las apoderados/as que deseen apelar, tendrán cinco días hábiles, a partir del momento de la publicación de la nómina del proceso de becas 2026, pudiendo en este periodo solicitar la “carta de apelación”, la cual, debe ser completada de manera escrita y complementada con la documentación que avale el cambio de su situación socio-económica, para así, finalmente ser entregada de manera presencial en la secretaría del establecimiento.
Es importante mencionar, que la apelación debe venir en un sobre sellado, que, en su exterior, cuente con el nombre de el/la estudiante que apela, en conjunto a su número de folio asignado y en su interior, la carta escrita en donde comenta sus pretensiones en conjunto a la documentación que hable del cambio socioeconómico. Las fechas, en las cuales, se recepcionarán las cartas de apelación serán entre el lunes 29 de septiembre y el lunes 6 de octubre de 2025., en los siguientes horarios: de lunes a jueves desde las 8:00 hasta las 13:00 hrs. / luego desde 14hrs hasta las 16hrs y los días viernes de 08:00 a 12:00 hrs.
ARTÍCULO NOVENO
Los resultados del proceso de apelación para el proceso de becas 2026 serán dados a conocer a los padres, madres y/o apoderados/as mediante una nómina con el RUT de el/la estudiante, el cual, será publicado con fecha 20 de octubre y deberán firmar la aceptación de la(s) becas hasta el jueves 23 del mismo mes en los horarios establecidos en el artículo séptimo del presente reglamento.
ARTICULO DÉCIMO
Los alumnos/as que sean beneficiarios de becas y hayan entregado datos o antecedentes falsos para acceder al beneficio total o parcial del pago de la colegiatura, quedarán fuera de la postulación para el proceso de becas del Colegio Andares de La Florida, sin derecho a apelación.
Otras formas de perder el beneficio son las siguientes:
- Renuncia voluntaria y expresada por escrito a la dirección del establecimiento.
- Término del año escolar (se debe postular al beneficio año tras año).
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO
El/la apoderado/a es responsable de responder con las fechas del proceso de becas informadas, a través, de las vías oficiales del colegio; plazo para la entrega de postulación, apelación en caso de que corresponda, informarse de los resultados que serán publicados en el colegio y firmar la asignación de beca en caso de resultar beneficiado/a. En caso de no firmar la aceptación del beneficio (porcentaje de beca) en el plazo informado, se entenderá como renuncia voluntaria a la beca 2026.
ARTICULO DÉCIMO TERCERO
El/la estudiante que postule, debe contar con los pagos de la colegiatura al día durante todo el proceso de postulación (sin excepción).
ARTICULO DÉCIMO CUARTO
Fechas relevantes del proceso:
| FASES |
FECHAS |
| Periodo de difusión becas 2026. |
Desde el jueves 10 hasta el miércoles 16 de julio de 2025. |
| Entrega presencial del formulario de postulación. |
Desde el jueves 17 de julio hasta el
viernes 1 de agosto de 2025. |
| Recepción de postulaciones.
Entrega de documentación completa en sobre sellado. (Apoderado/a). |
Desde el lunes 4 de agosto hasta el lunes 18 de agosto de 2025. |
| Análisis de los resultados. |
Desde el martes 19 de agosto hasta el viernes 26 de septiembre 2025. |
| Visitas domiciliarias. |
Desde el lunes 08 hasta el jueves 11 septiembre de 2025. |
| Publicación de resultado de becas 2026. |
Lunes 29 de septiembre de 2025. |
| Apelación (Apoderado/a). |
Desde el lunes 29 de septiembre hasta el lunes 06 de octubre de 2025. |
| Publicación resultados de apelación beca 2026 (Apoderado/a) |
Lunes 20 de octubre de 2025. |
| Firma aceptación de beca 2026 (Apoderado/a). |
Desde el lunes 29 de septiembre al
jueves 23 de octubre de 2025. |
Los horarios de atención para todo el proceso son los siguientes:
| HORARIOS DE ATENCIÓN |
| LUNES A JUEVES |
8:00 a 16:00 |
| VIERNES |
8:00 a 12:00 |
La Florida, 10 de julio 2025.-